jueves, 13 de septiembre de 2007

PROPUESTA DE ARTICULADO PARA LA CONSTITUCIÓN (Discusión abierta)


Definición de cultura: La cultura es patrimonio material y espiritual del pueblo. Expresa las identidades étnicas, profesionales, de género, de edad y otras similares, y comprende las lenguas, los modos de vida, las costumbres, las tradiciones y creencias, los valores, las representaciones artísticas y literarias, el pensamiento, la ciencia y la tecnología.

Responsabilidad del Estado: El Estado reconoce su obligación de promover y estimular la revaloración y desarrollo de las culturas vivas, la conciencia de nacionalidad y ciudadanía en relación con los organismos del poder público, así como las relaciones interculturales, en el marco de la cultura local, continental y universal.
El Estado garantizará a todos sus habitantes, así como a los ecuatorianos residentes en el exterior, el acceso la participación y el disfrute de los bienes y servicios culturales en igualdad de condiciones y oportunidades.
Las personas, comunidades y grupos profesionales, de género, de edad y otros similares tendrán plena libertad para crear y expresar sus propias manifestaciones culturales, sin que ninguna autoridad ni institución pública o privada pueda coartar su ejercicio. En todo caso, la libertad de expresión no podrá atentar contra los derechos morales y culturales de los habitantes de la república.
El Estado promoverá la igualdad de oportunidades de acceso a los servicios de difusión e información que emplean las tecnologías contemporáneas, utilizando para ello los medios legislativos, administrativos y financieros que fueran necesarios.

Para el cumplimiento de sus responsabilidades frente a la cultura, el Estado coordinará mediante los organismos públicos especializados la formulación de las políticas culturales de aplicación obligatoria, en coordinació.n

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